Si la historia de la codificación civil (no promulgada) en el Brasil del siglo XIX está notablemente marcada por una difícil reconciliación con su población esclava, la temprana codificación penal (1830) de la recién independizada nación no sufrió el mismo embarazo. Este primer hito en la modernización penal de Brasil no sólo abarcaba ampliamente los delitos cometidos por esclavos, sino que también les reservaba penas específicas. Regímenes punitivos paralelos para libres y esclavos permitieron el encierro, en un mismo código, de modernos principios liberales de humanización y uniformización de las penas, como la generalización de la »prisión con trabajo«, junto a los antiguos castigos corporales e infamantes más típicos del antiguo régimen.
Este paralelismo legislativo, si bien impidió que la población esclava quedara completamente excluida de la historia de la codificación penal, de todos modos le reservó la conocida posición de símbolo del atraso incompatible con las prácticas penales modernas. Al fin y al cabo, el abandono de los castigos físicos en favor de la disciplina moderna del silencio y el confinamiento, encarnada en la prisión, no era más que un corolario de la creciente valorización del trabajo asalariado libre. Lo que esta narrativa tradicional –y eminentemente eurocéntrica– no nos dice es que esclavitud y prisión no eran realidades mutuamente excluyentes en el Atlántico esclavista; y que las prisiones –no sólo en Brasil– nacieron apuntando con determinación hacia la población esclava y empleando abundantemente esa mano de obra para construir los muros donde estaban destinados a habitar.
Policing Freedom revisa y refuta aquella narrativa tradicional, enfatizando el protagonismo de la esclavitud en el nacimiento y consolidación de las modernas prisiones en Brasil, al evidenciar que la implementación del modelo penitenciario coincide con el apogeo de la dependencia brasileña del trabajo esclavo. Movilizando un amplio arsenal de fuentes –que incluye fotografías de condenados, listas de presos, informes de jefes de policía, listas de trabajadores contratados, peticiones de libertad–, Martine Jean penetra en los muros de la Casa de Correção-Casa de Detenção de Rio de Janeiro y revela cómo los trabajadores esclavizados, sus descendientes y quienes continuamente llegaban del tráfico ilegal constituyeron gran parte de los primeros habitantes de la institución pionera en su género en Brasil, al mismo tiempo que fueron encargados de construirla.
Sin descuidar a los idealizadores del proyecto (con particular atención a la asociación que lo ideó –poco recordada por la historiografía–, la Sociedade Defensora da Ordem do Rio de Janeiro) y a los trabajadores empleados, el libro examina las diversas etapas de la construcción entre 1834 y 1850. Así prueba que la intersección entre la expansión de la esclavitud en el sureste cafetalero, el apogeo del tráfico ilegal y la implementación de la penitenciaría no fue solo una coincidencia cronológica. La reforma de la justicia criminal, y por consiguiente de la libertad como su opuesto, en los primeros años después de la Independencia también apuntaba al confinamiento de los brazos esclavos. En el agitado primer veintenio posindependencia, marcado por una intensa inestabilidad política e insurrecciones esclavas, la ansiedad liberal por mantener el orden pasaba necesariamente por la disciplina y el confinamiento, sin mencionar la explotación de la mano de obra de individuos condenados, por su incapacidad jurídica, a no convertirse en ciudadanos, mucho menos en »dóciles y reformados« por el sistema penal.
Construida después de la entrada en vigor del tratado anglo-brasileño (1826) y de la ley nacional (1831) que declaraban ilegal el tráfico y conferían a |los africanos aprehendidos el derecho a la libertad, ya en el año 1834 la Casa de Correção se convierte en la responsable de administrar a los africanos encontrados a bordo de los barcos aprehendidos por el comercio ilegal de esclavos. La necesidad misma de mano de obra para la construcción, así como las tecnologías de registro, control y legibilidad que adoptaba por vocación penal, resultaban lo más idóneo para administrar a un grupo potencialmente subversivo precisamente por su derecho a la libertad en una sociedad esclavista. Con la demanda interna de trabajo compulsorio y los instrumentos eficaces de control, la prisión se convertía en el punto de paso ideal para la »preparación« de estos sujetos para la libertad. A la inversa, estos sujetos sirvieron como un laboratorio de ensayo y población de prueba de la eficacia del discurso disciplinario como productor de una clase trabajadora libre y moralizada.
Como el grupo mejor documentado del libro, y de los archivos de la prisión, Martine Jean es particularmente eficaz en entrelazar pedazos de biografía de africanos libres (eligiendo uno en particular para el epílogo-síntesis del libro) con las vicisitudes de la política nacional y con las dinámicas sociales y jurídicas que atravesaron el Atlántico desde las primeras prohibiciones del tráfico hasta la definitiva abolición de la esclavitud. La autora es hábil en situar su período de trabajo compulsorio en la Casa de Correção como un mero eslabón intermedio en la cadena de encarcelamientos a los que estaban condenados. Precedido por el aprisionamiento en los barcos del tráfico, el confinamiento eufemizado de »aprendizaje« en la prisión a menudo era seguido por el regreso a sus muros bajo acusación de vagabundaje o delincuencia. Trayectorias acusadas de desvío que más parecían seguir una línea programada desde el desembarque.
Aunque el libro reserve una atención particular a los africanos libres, definiendo la prisión como un »microcosmos cosmopolita« (147), la autora restituye también el mosaico de orígenes raciales y subjetividades jurídicas que componían el paisaje social del Brasil del siglo XIX. Las generosas listas proporcionadas en tablas al interior del libro y en el apéndice revelan una población carcelaria heterogénea que incluía presos libres (brasileños y extranjeros), esclavos detenidos (a petición de sus amos o recogidos en las calles por la policía) y africanos libres desde los primeros años. Aunque muchos de ellos trabajaron en la construcción del propio edificio hasta 1850, antes y después de esa fecha también se les unieron esclavos alquilados y artesanos libres asalariados. Si, por un lado, esta estrecha coexistencia reforzaba las jerarquías existentes (los portugueses ocupaban a menudo los puestos de dirección, mientras que los esclavos y los africanos libres se alojaban en compartimentos contiguos), por otro, a menudo esta contribuía a borrar las divisiones legales de status. La autora documenta, por ejemplo, cómo los trabajadores esclavizados contratados como artesanos a sueldo llegaron a actuar como instructores de los presos libres en los diversos talleres vocacionales de la prisión, enseñando oficios que iban desde la zapatería hasta la sastrería y la encuadernación (171).
Igualmente plurales y multifacéticas fueron las funciones desempeñadas por la prisión misma que nunca se redujo al papel de mera »penitenciaría para sujetos legalmente libres condenados a ›prisión con trabajo‹«, ni siquiera después del Decreto de 678 de julio de 1850 que la definió expresamente de este modo. En primer lugar, el Calabouço, el pabellón donde vivían los esclavos encarcelados, continuaría formando parte de sus instalaciones. En segundo lugar, seguía siendo un sitio de construcción, en lo cual se formaban obreros en talleres para este efecto; pero no sólo, sino también en carpintería, librería, serrería, hojalatería, y cuya producción incluso trabajaba por encargo. En tercer lugar, aún después de 1850, el presidio mantuvo el mencionado papel de administración de africanos libres, funcionando como centro de depósito, control y distribución. Y esto más aún, cuando la ley a la que se atribuye el éxito definitivo de la extinción de la trata, la Ley nº 581, de 4 de septiembre de 1850, propuesta por nada menos que el entonces Director de la Casa de Correção, Eusébio de Queiroz, ya no preveía la reexportación a África (sólo eventualmente »a un punto fuera del Imperio, donde pareciese más conveniente al Gobierno«) y prohibía expresamente la concesión de sus servicios a particulares. Más que nunca, la Casa de Correção se convirtió entonces en el punto de reparto de »mano de obra bajo la tutela del Gobierno«.
Completa el cuadro multivocacional de la institución otro establecimiento breve pero igualmente ilustrativo que funcionó en su seno entre 1857 y 1865 y al que la autora dedica otro capítulo entero: el Instituto de Menores e Artesãos. Creado originalmente para educar a los hijos de las africanas liberadas que vivían en la Casa de Correção, también |comenzó a admitir a delincuentes juveniles y a inscribir a niños pobres como bajo el manto de la asistencia y la caridad. Precisamente este alcance, percibido más tarde como incompatible con la naturaleza penal de la institución, fue en cierta medida responsable de su corta vida, pero su mera existencia en cualquier caso es ilustrativa de su carácter moralizante sobre las clases pobres inculcándoles la disciplina para el trabajo. Al no haber sido nunca sólo una prisión, la Casa de Correção funcionó como espejo de las ideologías predominantes en el mundo atlántico y de su diversidad jurídica y racial.
Con estos méritos y envergadura, el libro resulta una lectura esencial para los estudiosos interesados en el nexo entre pena y trabajo en la experiencia jurídica brasileña del siglo XIX, aun cuando no integre –como sería oportuno– la historiografía ya existente sobre las tres leyes de arrendamiento de servicios promulgadas durante el Imperio. Unánimes en prever la pena de prisión en caso de incumplimiento de los contratos laborales, los debates parlamentarios en torno a ellas guardan relación con las discusiones tratadas por la autora, pero permanecen al margen de los temas que el libro mismo confronta. Sin embargo, este volumen, como pocos, es capaz de restituir la complejidad y la pluralidad de la clase obrera en el siglo XIX y la centralidad de la población esclava en episodios de la historia jurídica brasileña, a la cual las narrativas tradicionales tienden a oscurecer. Al mismo tiempo, es capaz de relativizar la abolición de la esclavitud como punto de inflexión en la historia, señalando cómo un sistema penal responsable –hasta hoy– de producir puniciones racializadas fue madurado durante el inicio del siglo XIX, profundamente arraigado en el proceso de construcción de la nación poscolonial, en el escenario de lucha por la abolición de la trata y en la expansión de la esclavitud en Brasil. Si la categoría de »esclavo« desapareció de los archivos carcelarios después de 1888, el sistema penitenciario brasileño no perdió su vocación primaria de disciplinar racialmente a los individuos »indóciles« entre los pobres, especialmente los afrodescendientes, que se atreviesen a violar los términos –desde luego decimonónicos– de la libertad.
* Martine Jean, Policing Freedom. Illegal Enslavement, Labor, and Citizenship in Nineteenth-Century Brazil, Cambridge: Cambridge University Press 2023, XVII + 347 p., ISBN 978-1-009-28911-5